Antes de empezar

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Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 50

Las cooperativas de trabajo que inicien su actividad, en la oportunidad de solicitar su inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), deberán solicitar también la adhesión al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) de cada uno de sus asociados o, en su caso, en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente establecido en el Título IV del presente Anexo, en los términos, plazos y condiciones que a tal fin disponga dicha Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).