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Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 3

La presente ley se enmarca en los siguientes principios

La presente ley se enmarca en los siguientes principios: 1. Respeto por la dignidad humana en todas sus dimensiones. 2. Respeto por la autonomía de la voluntad como fundamento ético y legal de toda intervención médica. 3. Solidaridad y justicia distributiva en la asignación de órganos, tejidos y células. 4. Equidad en el acceso a los tratamientos de trasplante. 5. Extrapatrimonialidad del cuerpo humano, sus órganos, tejidos y células. 6. La atención integral del paciente trasplantado. 7. La observancia de los principios éticos en el desarrollo y promoción de toda actividad de investigación vinculada a trasplante, basada en los adelantos científicos. 8. La autosuficiencia, entendida como el desarrollo de políticas y estrategias que permitan maximizar la disponibilidad de órganos, tejidos y células, a fin de garantizar la disminución progresiva en las listas de espera. 9. Voluntariedad, altruismo y gratuidad en la donación.