Artículo 37
La denuncia deberá contenerLa denuncia deberá contener: a) El nombre y domicilio del presentante; b) El objeto de la denuncia, diciéndola con exactitud; c) Los hechos considerados, explicados claramente; d) El derecho en que se funde expuesto sucintamente; e) El ofrecimiento de los medios de prueba considerados conducentes para el análisis de la denuncia.

