Artículo 74
- Magistrados Tutores y Curadores Públicos. Transformación. Los actuales Tutores y Curadores Públicos del Ministerio Público de la Defensa se transforman en magistrados conforme lo dispuesto en el artículo 15 de la presente ley.
- Magistrados Tutores y Curadores Públicos. Transformación. Los actuales Tutores y Curadores Públicos del Ministerio Público de la Defensa se transforman en magistrados conforme lo dispuesto en el artículo 15 de la presente ley.