Artículo 52
- Designación. Los funcionarios, empleados administrativos y de maestranza del Ministerio Público de la Defensa son designados por el Defensor General de la Nación, a propuesta de los respectivos Defensores Públicos. Gozan de estabilidad en sus cargos y cumplen las funciones que resulten necesarias para el normal funcionamiento y desarrollo del servicio conforme lo dispuesto por el Defensor General de la Nación y sus superiores jerárquicos. Todo ello, de acuerdo a lo dispuesto por la ley y la reglamentación correspondiente. Todo traspaso de funcionarios o empleados entre el Ministerio Público de la Defensa, el Ministerio Público Fiscal y el Poder Judicial de la Nación, no afecta los derechos adquiridos durante su permanencia en uno u otro régimen, que comprenden el reconocimiento de su jerarquía, antigüedad y los beneficios derivados de la permanencia en el cargo o categoría y otros análogos.

