Artículo 30
- La actuación del Ministerio Público Fiscal de la Nación en materia no penal en el ámbito de la justicia federal con asiento en las provincias estará a cargo de una unidad fiscal que formará parte de cada fiscalía de distrito.
- La actuación del Ministerio Público Fiscal de la Nación en materia no penal en el ámbito de la justicia federal con asiento en las provincias estará a cargo de una unidad fiscal que formará parte de cada fiscalía de distrito.