Artículo 69
- Las infracciones tendrán carácter formal y se configurarán con independencia del dolo o culpa de los titulares de las licencias, registros o permisos y de las personas por quienes aquéllos deban responder.
- Las infracciones tendrán carácter formal y se configurarán con independencia del dolo o culpa de los titulares de las licencias, registros o permisos y de las personas por quienes aquéllos deban responder.