Artículo 29
- Las autorizaciones y permisos de uso de frecuencia del espectro radioeléctrico y las autorizaciones y habilitaciones otorgadas para instalar y operar una estación, medios o sistemas radioeléctricos, no podrán ser transferidas, arrendadas ni cedidas total o parcialmente ni cambiarles su destino, sin la aprobación previa de la Autoridad de Aplicación, conforme a la normativa vigente.

