Artículo 12
- La Autoridad de Aplicación otorgará la licencia una vez que el solicitante haya dado cumplimiento a los requisitos que establezca la reglamentación. Si para la prestación del Servicio de TIC se requiere el uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, el licenciatario deberá tramitar, de conformidad con lo dispuesto en la normativa específica en la materia, el otorgamiento de la correspondiente autorización o permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico.

