Artículo 133
- Sustitúyese, en el artículo 5º y sucesivos de la Ley Nº 24.521 y sus modificatorias, la denominación "instituciones de educación superior no universitaria" por la de "institutos de educación superior".
- Sustitúyese, en el artículo 5º y sucesivos de la Ley Nº 24.521 y sus modificatorias, la denominación "instituciones de educación superior no universitaria" por la de "institutos de educación superior".