Artículo 8 quater
La INSPECTORÍA GENERAL DE INTELIGENCIA (IGI) será el órgano encargado de realizar auditorías e inspecciones dirigidas a controlar y evaluar el desempeño, la economía de recursos, la eficacia en el cumplimiento de los objetivos y la integración funcional de los organismos y órganos que conforman el SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL (SIN). La citada Inspectoría desarrollará e implementará parámetros, estándares e indicadores de medición para evaluar, cuando la naturaleza de las actividades así lo permita, la efectividad de las actividades de inteligencia.

