Artículo 44
- Podrá aplicarse la sanción de caducidad de la licencia en caso de- Podrá aplicarse la sanción de caducidad de la licencia en caso de: a) No tomar los debidos recaudos de seguridad en los servicios de certificación; b) Expedición de certificados falsos; c) Transferencia no autorizada o fraude en la titularidad de la licencia; d) Reincidencia en la comisión de infracciones que dieran lugar a la sanción de multa; e) Quiebra del titular. La sanción de caducidad inhabilita a la titular sancionada y a los integrantes de órganos directivos por el término de 10 años para ser titular de licencias.

