Artículo 25
- Son obligaciones del titular de un certificado digital- Son obligaciones del titular de un certificado digital: a) Mantener el control exclusivo de sus datos de creación de firma digital, no compartirlos, e impedir su divulgación; b) Utilizar un dispositivo de creación de firma digital técnicamente confiable; c) Solicitar la revocación de su certificado al certificador licenciado ante cualquier circunstancia que pueda haber comprometido la privacidad de sus datos de creación de firma; d) Informar sin demora al certificador licenciado el cambio de alguno de los datos contenidos en el certificado digital que hubiera sido objeto de verificación.

