Antes de empezar

Derecho Argentino es una iniciativa educativa de carácter privado, sin vínculo oficial con organismos del Estado ni con instituciones públicas.

Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 37

- El proveedor está obligado a

- El proveedor está obligado a: a)Aceptar las tarjetas de crédito que cumplan con las disposiciones de esta ley. b) Verificar siempre la identidad del portador de la tarjeta de crédito que se le presente. c) No efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta. d) Solicitar autorización en todos los casos.