Antes de empezar

Derecho Argentino es una iniciativa educativa de carácter privado, sin vínculo oficial con organismos del Estado ni con instituciones públicas.

Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 227

- El Ministerio de Justicia convocará dentro de los noventa días de la vigencia de esta ley a la Primera Reunión de Ministros a que se refiere el artículo 216 con la finalidad de examinar los problemas que pueda suscitar su cumplimiento.

Artículos relacionados