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Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 212

Se pueden admitir ofertas bajo sobre, las que se deben presentar al juzgado, por lo menos DOS (2) días antes de la fecha de la subasta. Son abiertas al iniciarse el acto del remate, para lo cual el secretario las entrega al martillero el día anterior, bajo recibo. En el caso del Artículo 205, las ofertas recibidas son consideradas posturas bajo sobre en la subasta, si se optare por esta forma de enajenación.

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