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Derecho Argentino

Artículo 134

La declaración de quiebra produce la inaplicabilidad de las cláusulas compromisorias pactadas con el deudor salvo que antes de dictadas la sentencia se hubiere constituido el tribunal árbitros o arbitradores. El juez puede autorizar al síndico para que en casos particulares particulares pacte la cláusula compromisoria o admita la formación de tribunal de árbitros o arbitradores.