Antes de empezar

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Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 15

El endoso transmite todos los derechos resultantes del cheque. Si el endoso fuese en blanco, el portador podrá: 1. Llenar el blanco, sea con su nombre, sea con el de otra persona; 2. Endosar el cheque nuevamente en blanco o a otra persona; 3. Entregar el cheque a un tercero sin llenar el blanco ni endosar.