Artículo 51
Los partidos se extinguenLos partidos se extinguen: a) Por las causas que determine la carta orgánica; b) Por la voluntad de los afiliados, expresada de acuerdo con la carta orgánica; e) Cuando autoridades del partido o candidatos no desautorízados por aquéllas, cometieren delitos de acción pública; d) Por impartir instrucción militar a los afiliados u organizarlos militarmente.

