Antes de empezar

Derecho Argentino es una iniciativa educativa de carácter privado, sin vínculo oficial con organismos del Estado ni con instituciones públicas.

Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 90

A los efectos del artículo anterior se distinguen las siguientes circunstancias: a) Zonas de navegación: marítima, fluvial, portuaria y lacustre; b) Modalidades de la navegación: navegación independiente y navegación en convoy; c) Sistema de propulsión: mecánico, a vela y mixto.