Artículo 94
Las empresas estatales quedan sometidas en el ejercicio de sus actividades de exploración, explotación, transporte y/o procesamiento, a todos los requisitos, obligaciones, controles e inspecciones que disponga la autoridad de aplicación, gozando asimismo de los derechos atribuidos por esta ley a los permisionarios, concesionarios y autorizados.

