Artículo 91
NOTA DE REDACCIÓN (DEROGADO POR LEY 27.742) Las zonas inicialmente reservadas para ser exploradas y explotadas por las empresas estatales se detallan en el Anexo Unico que forma parte de esta ley.
NOTA DE REDACCIÓN (DEROGADO POR LEY 27.742) Las zonas inicialmente reservadas para ser exploradas y explotadas por las empresas estatales se detallan en el Anexo Unico que forma parte de esta ley.