Artículo 2
Serán considerados actos de mal tratoSerán considerados actos de mal trato: 1. No alimentar en cantidad y calidad suficientes a los animales domésticos o cautivos. 2. Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sanciones dolorosas. 3. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas. 4. Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado. 5. Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos. 6. Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

