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Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 257

Solicitud de audiencia. Si el representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL debiere formalizar la investigación preparatoria respecto de un imputado, solicitará al juez la realización de una audiencia, individualizando al imputado, indicando el hecho que se le atribuye, la fecha y lugar de su comisión, su calificación jurídica y su grado de participación. A esta audiencia se citará al imputado, a su defensor y a las demás partes del procedimiento.