Artículo 196
Negociación preliminar. Si no se lograra el acuerdo de colaboración, no podrá valorarse en perjuicio del imputado la información que este hubiere suministrado durante las tratativas preliminares.
Negociación preliminar. Si no se lograra el acuerdo de colaboración, no podrá valorarse en perjuicio del imputado la información que este hubiere suministrado durante las tratativas preliminares.