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Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 511

Solicitud

Solicitud.- La solicitud de libertad condicional se presentará ante el Juez/a de Ejecución Penal, por la persona condenada, su defensor/a, familiar o allegado. Podrá asimismo por intermedio de la Dirección del establecimiento donde se encuentre la persona condenada. Si el solicitante no contare con letrado particular, actuará en tal carácter el Defensor/a Oficial que actuó o debió actuar en su causa. En su caso, la persona condenada o su defensor/a presentarán la solicitud directamente ante el órgano que dictó la sentencia, el cual podrá requerir el informe correspondiente a la dirección del establecimiento donde aquél hubiere estado detenido y la remitirá al Juez/a de Ejecución Penal a sus efectos. En todos los casos la víctima, aun cuando no se hubiese constituido en particular damnificado, será informada de la iniciación del trámite, y deberá ser oída en audiencia convocada al efecto, si así lo solicitare."