Antes de empezar

Derecho Argentino es una iniciativa educativa de carácter privado, sin vínculo oficial con organismos del Estado ni con instituciones públicas.

Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 489

Pertinencia. El recurso extraordinario de inconstitucionalidad podrá interponerse de conformidad a lo establecido en el artículo 161, inciso 1) de la Constitución de la Provincia.

Artículos relacionados