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Derecho Argentino

Artículo 397

: Trámite

: Trámite: El Fiscal formulará su solicitud de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 335, acompañando la conformidad mencionada en el artículo anterior. Las partes podrán acordar el trámite del juicio abreviado hasta treinta (30)días antes de la fecha fijada para audiencia del debate oral.

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