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Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 292

Denuncia ante la Policía

Denuncia ante la Policía.- Cuando la denuncia sea hecha ante la Policía, ésta actuará con arreglo al artículo 296.

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