Artículo 610
Para que proceda el interdicto de retener se requeriráPara que proceda el interdicto de retener se requerirá: 1. Que quien lo intentare se encuentre en la actual posesión tenencia de una cosa, mueble o inmueble. 2. Que alguien amenazare perturbarle o lo perturbase en ellas mediante actos materiales.

