Artículo 815
Acta. Confirmado o hecho el nombramiento, se procederá al discernimiento del cargo, extendiéndose acta en que conste el juramento o promesa de desempleado fiel y legalmente y la autorización judicial para ejercerlo.
Acta. Confirmado o hecho el nombramiento, se procederá al discernimiento del cargo, extendiéndose acta en que conste el juramento o promesa de desempleado fiel y legalmente y la autorización judicial para ejercerlo.