Antes de empezar

Derecho Argentino es una iniciativa educativa de carácter privado, sin vínculo oficial con organismos del Estado ni con instituciones públicas.

Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 235

Juez competente. La guarda será decretada por el juez del domicilio de la persona que haya de ser amparada, con intervención del ministerio público. Cuando existiese urgencia o circunstancias graves, se resolverá provisionalmente, sin más trámite.