Artículo 329
Las minas pueden ser objeto de arrendamiento como los bienes raíces; pero con las limitaciones expresadas en los artículos siguientes. Los arrendamientos de minas y canteras podrán celebrarse por plazos de hasta VEINTE (20) años.
Las minas pueden ser objeto de arrendamiento como los bienes raíces; pero con las limitaciones expresadas en los artículos siguientes. Los arrendamientos de minas y canteras podrán celebrarse por plazos de hasta VEINTE (20) años.