Artículo 146 quinquies
Actuaciones. El juez federal con competencia electoral interviniente forma actuaciones con las constancias relevantes de la causa y las remite al fiscal con competencia electoral del distrito a fin de que éste las evalúe y promueva la acción, en su caso. El Ministerio Público Fiscal puede promover el control de oficio o por denuncia de cualquier ciudadano.

