Antes de empezar

Derecho Argentino es una iniciativa educativa de carácter privado, sin vínculo oficial con organismos del Estado ni con instituciones públicas.

Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 146 quindecies

Apelación. La sentencia será apelable dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada, mediante escrito fundado. La apelación se concederá en relación y al solo efecto devolutivo.