Artículo 146 octies
Acusación. Archivo. Remisión. Dentro de los ocho (8) días hábiles de efectuado el descargo previsto en el artículo anterior, el fiscal formulará la acusación o solicitará el archivo de las actuaciones al juez federal con competencia electoral; en ambos casos, remitirá el expediente al juez federal con competencia electoral.

