Artículo 90
Prestar servicios de estacionamiento, cuidado de coches o limpieza de vidrios sin autorización legal - Quien sin autorización legal ofrece o presta en la vía pública, de manera directa o indirecta, servicios de estacionamiento, cuidado de coches o limpieza de vidrios, es sancionado con uno (1) a dos (2) días de utilidad pública o multa de cincuenta (50) a trescientas (300) unidades fijas. El magistrado interviniente informará al contraventor/a de los programas de asistencia previstos en el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat u organismo que en el futuro lo reemplace. Cuando la conducta está basada en la desigualdad de género la pena se elevará al doble. Cuando exista organización previa, la sanción para los/as partícipes es de cinco (5) a quince (15) días de arresto y se eleva al cuádruple para los jefes/as y/o coordinadores/as.

