Artículo 86
Usar indebidamente credencial o distintivoUsar indebidamente credencial o distintivo -. El/la funcionario/a público que, habiendo cesado en su función o cargo, usa indebidamente su credencial o distintivos del cargo es sancionado/a con uno (1) a dos (2) días de trabajos de utilidad pública o doscientos ($ 200) a cuatrocientos ($ 400) pesos de multa.

