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Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 197

Declárase materia de legislación nacional lo concerniente a la regulacin de: 1. La circulación a área en general, especialmente el funcionamiento de aeródromos destinados a la navegación a área internacional e interprovincial o a servicios a áreos conectados con éstas. 2. El otorgamiento de títulos habilitantes del personal aeronáutico, así como la matriculación y certificación de aeronavegabilidad de las aeronaves. 3. El otorgamiento de los servicios comerciales a áreos.