Artículo 758
- NOTA DE REDACCION- NOTA DE REDACCION: (DEROGADO POR DNU 70/23). En los supuestos en que acordare exenciones, el Poder Ejecutivo podrá establecerlas bajo la condición del cumplimiento de determinadas obligaciones.
- NOTA DE REDACCION: (DEROGADO POR DNU 70/23). En los supuestos en que acordare exenciones, el Poder Ejecutivo podrá establecerlas bajo la condición del cumplimiento de determinadas obligaciones.