Artículo 702
- La aplicación de derechos antidumping a determinada importación es incompatible con la aplicación de derechos compensatorios a la misma importación, cuando los subsidios constituyeren subvenciones a la exportación.
- La aplicación de derechos antidumping a determinada importación es incompatible con la aplicación de derechos compensatorios a la misma importación, cuando los subsidios constituyeren subvenciones a la exportación.