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Derecho Argentino

Artículo 685

- NOTA DE REDACCION

- NOTA DE REDACCION: (DEROGADO POR DNU 70/23). El Poder Ejecutivo podrá delegar en los organismos que determinare la fijación del importe del precio de base, del importe del precio de comparación, del importe del precio guía y de su reajuste.