Artículo 498
- Salvo disposición especial en contrario, las prohibiciones de carácter económico no serán aplicables respecto de las importaciones o exportaciones de los efectos que constituyeren equipaje.
- Salvo disposición especial en contrario, las prohibiciones de carácter económico no serán aplicables respecto de las importaciones o exportaciones de los efectos que constituyeren equipaje.