Artículo 154
- La empresa de ferrocarril debe redactar el manifiesto general de la carga y presentarlo al servicio aduanero en el plazo de UN (1) día, a contar desde su arribo.
- La empresa de ferrocarril debe redactar el manifiesto general de la carga y presentarlo al servicio aduanero en el plazo de UN (1) día, a contar desde su arribo.