Artículo 1094
- En la resolución que dispusiere la apertura del sumario, el administrador determinará los hechos que se reputaren constitutivos de lainfracción y dispondrá: a) las medidas cautelares que correspondieren enatención a la naturaleza de los hechos objeto del sumario; b) la verificación de la mercadería en infracción, con citación del interesado y la clasificación arancelaria y valoración de la misma; c) la recepción de la declaración de los presuntos responsables y de laspersonas que presenciaron los hechos o que pudieren tener conocimiento delos mismos, cuando lo considerare necesario; d) la liquidación de los tributos que pudieren corresponder o de los importes que el Fisco hubiere pagado indebidamente en virtud de los regímenes de estímulos a la exportación, cuya restitución se reclamare, según el caso; e) las demás diligencias conducentes alesclarecimiento de los hechos investigados.

