Antes de empezar

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Los contenidos se publican a partir de fuentes oficiales, indicadas al pie de cada texto, y se limitan al Derecho Argentino o en relación al mismo.

Derecho Argentino

Artículo 10

1. El Comité aprobará su propio reglamento. 2. El Comité elegirá su Mesa por un período de 2 años. 3. El secretario general de la Naciones Unidas facilitará al Comité los servicios de Secretaría. 4. Las reuniones del Comité se celebrarán normalmente en la sede de las Naciones Unidas.